La firma de un préstamo hipotecario es un momento importante en la vida de cualquier persona, no obstante, en la mayoría de los casos, está asumiendo un compromiso a largo plazo con una entidad bancaria y ante él deberá responder. Por lo tanto, toda precaución que se pueda tomar antes de rubricar este tipo de contrato es poca y en esa situación conviene tener en cuenta lo que aconseja del Banco de España.
El supervisor, a través de su portal del cliente bancario, recuerda que la entidad financiera que elijamos tendrá que darnos información “clara y comprensible” de lo que se está contratando para así cumplir con las normas vigentes de transparencia y entregarnos “como mínimo diez días naturales antes de la firma” una serie de documentación con información personalizada para poder hacer comparaciones y tomar una decisión:
- Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), que es el modelo de ficha establecido en la normativa de transparencia para que la entidad proporcione, de forma gratuita y a modo de oferta vinculante, información detallada sobre su oferta hipotecaria.
- Ficha de Advertencias Estandarizadas (FiAE) informándote, en su caso, de las cláusulas referidas a índices oficiales de referencia, vencimiento anticipado en caso de impago, distribución de los gastos, si se trata de un préstamo en moneda extranjera, etc.
- Si se tiene un préstamo a interés variable, se entregará un documento separado con las cuotas a pagar periódicamente ante diferentes escenarios de evolución de los tipos de interés.
También, con la misma antelación el banco en cuestión deberá hacernos entrega de:
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- Una copia del proyecto de contrato
- Información sobre el reparto de gastos (tú pagarás la tasación mientras que el banco asumirá el coste del notario, registro, impuestos y gestoría)
- Las condiciones de las garantías de seguro de daños o la garantía que el banco exija
- La advertencia sobre la obligación que tienes de recibir asesoramiento del notario.
2024-10-12 06:23:00
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